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Guía legal · Uruguay

Protección de datos para psicólogos en Uruguay: Ley 18.331 e historia clínica

En Uruguay, el psicólogo que lleva historias clínicas tiene que inscribir esa base de datos ante la URCDP, aunque trabaje solo. Qué exige la Ley 18.331 con los datos de salud, cuánto se conserva la historia y qué dice el secreto profesional.

Respuesta corta

  • ▪La Ley 18.331 de 2008 trata los datos de salud como datos sensibles (art. 4, lit. E) y exige para ellos consentimiento expreso y escrito (art. 18), aunque los profesionales de la salud pueden tratar los datos de salud física o mental de sus pacientes con sujeción al secreto profesional (art. 19).
  • ▪Toda base de datos pública o privada debe inscribirse ante la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (art. 29), sea informática, manual o mixta y sin mínimo de personas; el plazo es de 90 días desde el inicio de la actividad (Decreto 414/009, art. 17).
  • ▪Una brecha de seguridad se comunica a la URCDP en 72 horas desde que se conoce (Decreto 64/020, art. 4) y a los pacientes afectados.
  • ▪Las sanciones van del apercibimiento a multas de hasta 500.000 unidades indexadas y la clausura de la base (Ley 18.331, art. 35).
  • ▪La historia clínica es propiedad del paciente y es reservada (Ley 18.335, art. 18, lit. D); no hay un plazo legal único de conservación, y el Decreto 355/982 permite destruirla como mínimo cinco años después de la última anotación, conservando una ficha resumen.
  • ▪Revelar sin justa causa un secreto conocido por la profesión se castiga con multa de 100 a 600 unidades reajustables si causa perjuicio (Código Penal, art. 302), y el Código de Ética del psicólogo lo declara «absoluto» (art. 18).

Uruguay fue de los primeros países de la región con una ley de protección de datos al estilo europeo, y es uno de los pocos que tiene una decisión de adecuación de la Unión Europea. Para un psicólogo eso se traduce en una obligación que casi nadie cumple: inscribir la base de datos de pacientes ante la URCDP, aunque sea un cuaderno de fichas en papel.

Esta guía repasa lo que la Ley 18.331 y sus decretos le exigen a una consulta de psicología, cómo se cruza con la historia clínica de la Ley 18.335, qué pasa con la atención online desde la Ley 19.869 y qué dice el secreto profesional. Cada punto cita el artículo, con el texto oficial en IMPO.

Es información general, no asesoramiento jurídico. Para casos concretos, la URCDP responde consultas y la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay orienta sobre la parte deontológica.

Lo que la Ley 18.331 le exige a una consulta de psicología

  • •Base legal para tratar datos de salud mental. El artículo 19 permite a los establecimientos y a los profesionales de la salud recolectar y tratar los datos relativos a la salud física o mental de sus pacientes, sujetos al secreto profesional. Para el resto de usos de datos sensibles, el artículo 18 pide consentimiento expreso y escrito.
  • •Inscribir la base de datos. El artículo 29 obliga a inscribir toda base de datos pública o privada. La URCDP aclara que incluye las manuales y las mixtas, sin un mínimo de personas, y la única excepción para particulares es el uso personal o doméstico, que una agenda de pacientes no es. El plazo es de 90 días desde el inicio de la actividad, los cambios se comunican cada trimestre y el número de inscripción debe estar a la vista (Decreto 414/009, arts. 17, 19 y 20).
  • •Medidas de seguridad y secreto. El responsable debe adoptar las medidas necesarias para la seguridad de los datos (art. 10) y quien los trata está obligado a guardar secreto (art. 11). Desde la Ley 19.670, también responsabilidad proactiva, privacidad por diseño y por defecto (art. 12).
  • •Derechos del paciente. Información, acceso, rectificación, actualización, inclusión y supresión (arts. 13 a 17). El responsable tiene cinco días hábiles para responder (Decreto 414/009, art. 9).
  • •Brechas en 72 horas. La Ley 19.670 exige comunicar un incidente de forma inmediata y pormenorizada (art. 38), y el Decreto 64/020 lo concreta: a la URCDP en 72 horas, con medidas de contención desde las primeras 24, y a los titulares afectados de forma significativa.
  • •Delegado de protección de datos. Es obligatorio para las entidades privadas que tratan datos sensibles como negocio principal (Ley 19.670, art. 40). El Decreto 64/020 no define «negocio principal», así que si alcanza a un psicólogo que trabaja solo es una pregunta abierta: la URCDP puede pronunciarse si se le consulta.

La historia clínica en Uruguay

CuestiónReglaNorma
De quién esDel paciente; es reservada y su revelación sin causa se castiga por el art. 302 del Código PenalLey 18.335, art. 18, lit. D
Acceso del pacientePuede obtener copia a su costo, o gratis si es indigenteLey 18.335, art. 18; Decreto 274/010, art. 33
AdolescentesSus datos son confidenciales también frente a los padres, salvo riesgo graveDecreto 274/010, art. 31
Cambio de instituciónSe entrega en 15 días hábilesDecreto 274/010, art. 36
ConservaciónPasa a pasiva tras 2 años sin anotaciones y puede destruirse tras al menos 3 años más, conservando siempre una ficha resumenDecreto 355/982, arts. 3 a 5, redacción del Decreto 37/005
Historia clínica electrónica nacionalObligatoria para los prestadores de salud públicos y privadosDecreto 242/017, art. 3

El Decreto 355/982 y el Decreto 242/017 se dirigen a instituciones y prestadores; no hemos encontrado una norma que los extienda de forma expresa al psicólogo que trabaja solo, pero son la referencia disponible. Revisado el 24 de octubre de 2026.

El secreto profesional del psicólogo en Uruguay

La Ley 17.154 de 1999, que regula el ejercicio de la psicología, exige la licenciatura y su registro en el Ministerio de Salud Pública, pero no trata el secreto. Lo cubren el Código Penal y el Código de Ética.

  • •Código Penal, art. 302. «El que, sin justa causa, revelare secretos que hubieran llegado a su conocimiento, en virtud de su profesión, empleo o comisión, será castigado, cuando el hecho causare perjuicio, con 100 U.R. a 600 U.R. de multa.» Es solo multa, y solo si hay perjuicio.
  • •Código de Ética Profesional del Psicólogo/a, art. 18. Aprobado por la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay el 3 de mayo de 2001 junto con la Sociedad de Psicología y las facultades de la Universidad de la República y la Universidad Católica. Declara el secreto «absoluto», con una única excepción: el riesgo grave para la persona o para terceros, que permite informar a familiares, allegados o jueces.
  • •Después del tratamiento. El secreto se mantiene tras el fin del tratamiento y tras la muerte del paciente (art. 19), alcanza a los colaboradores (art. 10) y obliga a anonimizar los casos que se presentan en supervisión o docencia (art. 16).

Si atiendes online

La Ley 19.869 de 2020 de telemedicina alcanza a todos los profesionales de atención sanitaria (art. 2): exige consentimiento expreso para cada acto, revocable (art. 7), y aplica la Ley 18.331 (art. 8). Su reglamento, el Decreto 127/024, pide registrar en la historia clínica cada atención y el consentimiento del paciente (art. 8), audio y video cifrados (art. 10) y, para pacientes en el extranjero, cumplir las reglas de transferencia internacional de datos (art. 19). Lo comparamos con otros países en telepsicología con pacientes en otro país.

Puesta al día en cinco pasos

  1. 1Inscribe tu base de datos de pacientes en la URCDP. Aunque sea en papel. Si ya llevas más de 90 días atendiendo, hazlo cuanto antes y pon el número de inscripción a la vista.
  2. 2Informa al paciente por escrito. Quién trata sus datos, para qué, cómo ejerce sus derechos y que la base está inscrita. Puede ir dentro del consentimiento informado.
  3. 3Revisa a tus proveedores. El software de historia clínica, la videollamada y el correo tratan datos por cuenta tuya. Pregunta dónde se alojan y qué contrato de encargado ofrecen; si están fuera de Uruguay, comprueba que la transferencia cumple el artículo 23 de la Ley 18.331.
  4. 4Escribe tu protocolo de brechas. Quién avisa a la URCDP en 72 horas y cómo. Es más fácil decidirlo antes que durante el incidente.
  5. 5Decide tu calendario de archivo. Dos años sin anotaciones para pasar la historia a pasiva y al menos tres más antes de destruirla, con la ficha resumen que no se destruye nunca.

Preguntas frecuentes

¿Un psicólogo tiene que inscribir su base de datos en la URCDP?+

Sí. El artículo 29 de la Ley 18.331 obliga a inscribir toda base de datos pública o privada, y la URCDP incluye las manuales y las mixtas sin un mínimo de personas. La única excepción para particulares es el uso personal o doméstico. El plazo es de 90 días desde el inicio de la actividad (Decreto 414/009, art. 17).

¿Los datos de salud mental son datos sensibles en Uruguay?+

Sí. El artículo 4, literal E, de la Ley 18.331 incluye la información referida a la salud entre los datos sensibles, y el Decreto 414/009 precisa que abarca la salud física o mental, pasada, presente o futura. El artículo 19 permite a los profesionales de la salud tratar los datos de sus pacientes con sujeción al secreto profesional.

¿Cuánto tiempo se guarda la historia clínica en Uruguay?+

No hay un plazo legal único. El Decreto 355/982, en la redacción del Decreto 37/005, considera pasiva la historia que lleva dos años sin anotaciones y permite destruirla después de al menos tres años más como pasiva, es decir, cinco años como mínimo desde la última anotación, siempre que se conserve una ficha resumen que no se destruye nunca. El decreto se dirige a instituciones.

¿Qué pasa si un psicólogo rompe el secreto profesional en Uruguay?+

Si lo revela sin justa causa y causa perjuicio, el artículo 302 del Código Penal lo castiga con una multa de 100 a 600 unidades reajustables. Además, el Código de Ética Profesional del Psicólogo/a declara el secreto absoluto y solo admite levantarlo ante un riesgo grave para la persona o para terceros, lo que puede tener consecuencias deontológicas ante la Coordinadora de Psicólogos.

¿Qué ley regula la profesión de psicólogo en Uruguay?+

La Ley 17.154 de 1999, reglamentada por el Decreto 361/002. Exige la Licenciatura en Psicología de la Universidad de la República o de otra universidad habilitada, o un título extranjero revalidado, y su registro en el Ministerio de Salud Pública. No regula el secreto profesional, que queda en el Código Penal y en el Código de Ética.

¿Cuánto es la multa por incumplir la Ley 18.331?+

El artículo 35 prevé observación, apercibimiento, multa de hasta 500.000 unidades indexadas, suspensión de la base por cinco días y, por vía judicial, su clausura. La graduación depende de la gravedad y la reiteración.

Fuentes

Última revisión: 24 de octubre de 2026. Esta página es contenido informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico o fiscal profesional.

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