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Guía fiscal · Perú

Cómo factura un psicólogo en Perú en 2026: recibo por honorarios y cuarta categoría

El psicólogo independiente emite recibo por honorarios electrónico, no cobra IGV y paga renta de cuarta categoría. Cuándo le retienen el 8 %, hasta qué ingreso puede suspender los pagos a cuenta en 2026 y por qué su paciente puede deducir la sesión.

Respuesta corta

  • ▪El psicólogo que ejerce de forma individual percibe renta de cuarta categoría y emite recibo por honorarios electrónico en SUNAT Operaciones en Línea o en la App Personas SUNAT; es obligatorio en formato electrónico desde el 1 de abril de 2017.
  • ▪No cobra IGV: la ley del IGV solo grava los servicios cuyos ingresos son de tercera categoría, y el ejercicio individual de una profesión es cuarta categoría.
  • ▪Si el pagador está obligado a llevar contabilidad y el recibo supera S/ 1.500, le retiene el 8 %. Si nadie retiene, el psicólogo hace un pago a cuenta del 8 % de sus ingresos del mes.
  • ▪En 2026 puede suspender retenciones y pagos a cuenta con el Formulario Virtual 1609 si sus ingresos del año no van a superar S/ 48.125, o los del mes S/ 4.010 (Resolución de Superintendencia 000390-2025/SUNAT).
  • ▪En la declaración anual descuenta el 20 % de sus ingresos, con tope de 24 UIT, y 7 UIT fijas; la UIT de 2026 es de S/ 5.500 y la escala va del 8 % al 30 %.
  • ▪El paciente puede deducir el 30 % de lo que paga al psicólogo dentro de las 3 UIT adicionales, si recibe recibo electrónico y paga por un medio bancario.

Perú es el país de la región donde el psicólogo independiente tiene más margen para no pagar nada durante el año: si sus ingresos se mantienen por debajo del límite de suspensión, ni le retienen ni hace pagos a cuenta, y todo se cuadra en la declaración anual. Lo que obliga a planificar es que el límite es bajo, unos S/ 4.010 al mes en 2026, y que una consulta a jornada completa lo supera con facilidad.

Esta guía repasa lo que necesita un psicólogo con consulta particular: cómo emitir el recibo, cuándo le retienen, cómo suspender la cuarta categoría, cuánto paga al año y por qué su recibo electrónico le sirve al paciente para deducir. Cada cifra cita la norma o la resolución de SUNAT de la que sale.

Es información general, no asesoría tributaria. Si trabajas también en planilla o a través de una empresa, revisa tu caso con un contador.

Las cifras de la cuarta categoría en 2026

Concepto2026Base
UITS/ 5.500DS 301-2025-EF
Retención del pagador8 % del recibo, solo si supera S/ 1.500 y el pagador lleva contabilidadTUO de la Ley del Impuesto a la Renta, arts. 71 y 74
Pago a cuenta mensual si no te retienen8 % de los ingresos brutos del mes, menos las retencionesLey del Impuesto a la Renta, art. 86
Límite para suspender retenciones y pagos a cuentaS/ 48.125 al año o S/ 4.010 al mesRS 000390-2025/SUNAT, art. 3
Deducción por cuarta categoría20 % de los ingresos, hasta 24 UIT (S/ 132.000)Ley del Impuesto a la Renta, art. 45
Deducción fija7 UIT (S/ 38.500), una sola vez para cuarta y quinta categoríaLey del Impuesto a la Renta, art. 46

Revisado el 24 de octubre de 2026 sobre los textos publicados por SUNAT.

Cómo emitir el recibo por honorarios electrónico

  1. 1Inscríbete en el RUC con renta de cuarta categoría. Y obtén tu Clave SOL, que es la que te da acceso al sistema de emisión.
  2. 2Emite en SUNAT Operaciones en Línea o en la App Personas SUNAT. Con el nombre o la razón social del paciente o de la empresa, el servicio y el monto. Si el pagador es agente de retención y el recibo supera S/ 1.500, marca la retención del 8 %.
  3. 3Registra los cobros. Los pagos recibidos se anotan en el sistema hasta el décimo día hábil del mes siguiente.
  4. 4Si falla el sistema. El recibo impreso de imprenta autorizada solo se admite por causas no imputables a ti, y hay que registrarlo después en SUNAT Operaciones en Línea.

La suspensión de cuarta categoría: el trámite que más conviene conocer

Si calculas que tus ingresos de cuarta categoría de 2026 no van a superar S/ 48.125, puedes pedir la suspensión de retenciones y pagos a cuenta con el Formulario Virtual 1609, en Clave SOL. Rige desde el día siguiente a su presentación hasta el 31 de diciembre, y le entregas la constancia a quien te paga para que no te retenga.

Para una consulta de psicología el límite se queda corto pronto. Veinte sesiones semanales a S/ 120 son S/ 9.600 al mes, más del doble de los S/ 4.010 mensuales que permite la suspensión. Con ocho sesiones semanales a S/ 120 se facturan S/ 3.840 al mes, por debajo del tope. Si superas el límite mensual, tienes que hacer el pago a cuenta de ese mes aunque tengas la constancia.

Cuánto paga al año un psicólogo: un ejemplo

Veinte sesiones semanales a S/ 120, cuarenta y ocho semanas al año, sin otros ingresos ni retenciones de terceros.

PasoCálculoImporte
Ingresos brutos del año20 × 120 × 48S/ 115.200
Menos el 20 % de cuarta categoría115.200 × 20 %− S/ 23.040
Menos las 7 UIT7 × 5.500− S/ 38.500
Renta neta imponibleS/ 53.660
Impuesto: tramo hasta 5 UIT al 8 %27.500 × 8 %S/ 2.200
Impuesto: tramo de 5 a 20 UIT al 14 %26.160 × 14 %S/ 3.662,40
Impuesto anualS/ 5.862,40
Pagos a cuenta hechos en el año115.200 × 8 %S/ 9.216
Saldo a favor que devuelve SUNAT9.216 − 5.862,40S/ 3.353,60

Cálculo propio con la escala del artículo 53 de la Ley del Impuesto a la Renta (8 % hasta 5 UIT, 14 % hasta 20, 17 % hasta 35, 20 % hasta 45 y 30 % por encima). No incluye las 3 UIT adicionales por gastos del propio contribuyente, que reducirían todavía más el impuesto.

IGV: por qué no se cobra, y cuándo sí

El artículo 3, inciso c, de la Ley del IGV define como servicio gravado aquel cuyos ingresos son renta de tercera categoría. El ejercicio individual de una profesión es renta de cuarta categoría (art. 33 de la Ley del Impuesto a la Renta), así que el recibo por honorarios de un psicólogo no lleva IGV.

Eso cambia si ejerces en asociación o a través de una sociedad civil, o si combinas la consulta con un negocio comercial: los ingresos pasan a tercera categoría (art. 28 de la Ley del Impuesto a la Renta). Un centro de psicología constituido como empresa emite factura o boleta con IGV, porque el Apéndice II de la Ley del IGV no exonera los servicios de salud.

Un argumento de precio que casi nadie usa

Desde 2017 el psicólogo está en la lista de profesionales cuyos honorarios el paciente puede deducir: el 30 % de lo pagado, dentro de las 3 UIT adicionales, que en 2026 son S/ 16.500 (Ley del Impuesto a la Renta, art. 46, inciso d, y DS 399-2016-EF). Las condiciones son que le emitas recibo por honorarios electrónico, que no estés como no habido ni de baja en el RUC y que te pague por un medio bancario: transferencia, depósito o tarjeta. Un paciente que paga S/ 4.800 al año deduce S/ 1.440. Pedir el pago por transferencia, en lugar de efectivo, se lo hace posible.

Preguntas frecuentes

¿Un psicólogo cobra IGV en Perú?+

No, cuando ejerce de forma individual. Sus ingresos son renta de cuarta categoría, y la Ley del IGV solo grava los servicios cuyos ingresos son de tercera categoría. Sí lo cobra un centro de psicología constituido como empresa, o el psicólogo que ejerce en sociedad, porque sus ingresos pasan a tercera categoría.

¿Cuál es el límite para suspender la cuarta categoría en 2026?+

S/ 48.125 de ingresos anuales, o S/ 4.010 al mes, según el artículo 3 de la Resolución de Superintendencia 000390-2025/SUNAT, con la UIT de 2026 en S/ 5.500. La suspensión se pide con el Formulario Virtual 1609 en Clave SOL y rige desde el día siguiente hasta el 31 de diciembre.

¿Cuándo me retienen el 8 % del recibo por honorarios?+

Cuando quien te paga está obligado a llevar contabilidad, como una empresa o una institución, y el recibo supera S/ 1.500. El límite se aplica por recibo, no por el total pagado en el mes. Un paciente persona natural no retiene. Si tienes la constancia de suspensión, tampoco retiene el pagador obligado.

¿Puedo deducir lo que pago a mi psicólogo en Perú?+

Sí. Desde 2017 los honorarios del psicólogo están en la lista del DS 399-2016-EF: el paciente deduce el 30 % de lo pagado dentro de las 3 UIT adicionales, S/ 16.500 en 2026. Necesita un recibo por honorarios electrónico y haber pagado por un medio bancario. En efectivo no es deducible.

¿Cuánto paga de impuesto un psicólogo independiente al año?+

Depende de los ingresos. Con veinte sesiones semanales a S/ 120 durante cuarenta y ocho semanas, S/ 115.200 al año, y tras descontar el 20 % y las 7 UIT, la renta neta es de S/ 53.660 y el impuesto de S/ 5.862,40. Si hizo pagos a cuenta del 8 % todo el año, S/ 9.216, SUNAT le devuelve la diferencia.

Fuentes

Última revisión: 24 de octubre de 2026. Esta página es contenido informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico o fiscal profesional.

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