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Guía legal · Argentina

Protección de datos para psicólogos en Argentina: Ley 26.529 y Ley 25.326

Diez años de conservación desde la última actuación, historia clínica informatizada expresamente admitida y datos de salud como categoría sensible. Lo que la norma exige a un consultorio de psicología.

Respuesta corta

  • La historia clínica se conserva un mínimo de 10 años desde la última actuación registrada (Ley 26.529, art. 18).
  • La Ley 26.529 admite expresamente la historia clínica informatizada en su artículo 13, siempre que se preserven integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad.
  • La Ley 25.326 regula el tratamiento de datos personales, clasifica los de salud como datos sensibles y reconoce la acción de habeas data.
  • La autoridad de aplicación es la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP).
  • La Ley 26.529 aplica a todo profesional de la salud, incluidos psicólogos, psiquiatras y psicopedagogos en su rol asistencial.
  • El paciente es titular de su historia clínica y puede solicitar copia; el profesional actúa como depositario.

En Argentina conviven dos normas que un psicólogo con consultorio necesita conocer. La Ley 26.529 de Derechos del Paciente, vigente desde 2009 y modificada en 2012 por la Ley 26.742, define qué debe contener la historia clínica, quién puede acceder a ella y durante cuánto tiempo hay que conservarla. La Ley 25.326 de Protección de Datos Personales regula el tratamiento de esa información.

Un punto que sorprende a muchos profesionales: la Ley 26.529 establece que el paciente es titular de la historia clínica y que el profesional o el establecimiento actúan como depositarios. Eso cambia la forma de entender las solicitudes de copia, que no son un favor sino un derecho con plazo de respuesta.

Lo que exige la Ley 26.529

  • Conservación mínima de diez años. Contados desde la última actuación registrada en la historia clínica, no desde su apertura.
  • Historia clínica informatizada admitida. El artículo 13 la acepta expresamente, con la condición de arbitrar los medios que aseguren su integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad.
  • Titularidad del paciente. El paciente es titular de la historia clínica y puede pedir copia. El profesional es depositario y debe entregarla dentro del plazo legal.
  • Asiento cronológico y completo. Debe registrarse toda actuación, con fecha, y de forma que permita reconstruir el proceso asistencial.
  • Alcance profesional amplio. La norma aplica a todo profesional de la salud en su rol asistencial, lo que incluye a psicólogos, psiquiatras y psicopedagogos.

Lo que exige la Ley 25.326

  • Los datos de salud son sensibles. Su tratamiento está sujeto a un régimen reforzado y solo procede cuando concurren razones de interés general autorizadas por ley, o con finalidades estadísticas o científicas cuando no puedan identificarse los titulares. La atención sanitaria por profesional sujeto a secreto es el supuesto habitual.
  • Confidencialidad y seguridad. El responsable debe adoptar medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad y confidencialidad de los datos, evitando su alteración, pérdida o acceso no autorizado.
  • Derechos del titular. Acceso, rectificación, actualización y supresión, con la acción de habeas data como vía de garantía cuando no se atienden.
  • Autoridad de aplicación. La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), cuyas directrices vigentes conviene revisar periódicamente porque el marco ha ido evolucionando.

Si digitalizás la historia clínica

El artículo 13 de la Ley 26.529 no se conforma con que el archivo exista: exige integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad. En la práctica eso significa control de accesos, trazabilidad de las modificaciones, copias de seguridad y capacidad real de recuperar y leer la historia dentro de diez años. Preguntale a tu proveedor de software cómo cubre cada uno de esos cinco puntos.

Diez años que se reinician

El plazo de diez años corre desde la última actuación registrada, no desde que abriste la historia. En psicología eso tiene una consecuencia práctica considerable: los procesos suelen reabrirse. Un paciente que vuelve tres años después de haber cerrado su proceso reinicia el cómputo completo.

Por eso, en consultorios con muchos años de recorrido, el criterio de «limpiar el archivo cada tanto» es peligroso. Antes de destruir cualquier historia hay que verificar la fecha de la última actuación registrada, paciente por paciente.

Y como en el resto de países, el plazo legal es un piso. Si existe cualquier reclamo en curso o previsible, la historia clínica no se destruye.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años hay que conservar la historia clínica en Argentina?+

Un mínimo de diez años contados desde la última actuación registrada en la historia clínica, según el artículo 18 de la Ley 26.529 de Derechos del Paciente. El plazo se reinicia cada vez que se registra una nueva actuación, por lo que un paciente que retoma el tratamiento reinicia el cómputo.

¿Es válida la historia clínica digital en Argentina?+

Sí. El artículo 13 de la Ley 26.529 acepta expresamente la historia clínica informatizada, con la condición de arbitrar todos los medios que aseguren la preservación de su integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad de los datos.

¿El paciente puede pedirme una copia de su historia clínica?+

Sí. La Ley 26.529 establece que el paciente es titular de la historia clínica y que el profesional o el establecimiento son depositarios. A su solicitud debe entregarse copia autenticada dentro del plazo legal. Negarla o demorarla sin causa habilita el reclamo del paciente.

¿Los psicólogos están alcanzados por la Ley 26.529?+

Sí. La norma aplica a todo profesional de la salud en su rol asistencial, lo que incluye a psicólogos, psiquiatras y psicopedagogos. No es una ley exclusivamente médica.

¿Qué es el habeas data y en qué me afecta?+

Es la acción constitucional que permite a una persona conocer los datos que existen sobre ella y exigir su rectificación, actualización o supresión. Está regulada en la Ley 25.326. Para un consultorio de psicología significa que debés poder responder a un pedido de acceso o rectificación del paciente, y que la falta de respuesta puede derivar en una acción judicial.

Fuentes

Última revisión: 27 de julio de 2026. Esta página es contenido informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico o fiscal profesional.

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